El arraigo social es una autorización de residencia temporal que permite a extranjeros en situación irregular regularizar su situación en España. Es la vía más utilizada para obtener documentación legal y poder trabajar.
Requisitos principales
3 años
Permanencia continua en España
Contrato
De trabajo de 1 año mínimo
Vínculos
Con la comunidad española
¿Qué es el arraigo social?
El arraigo social es una figura legal regulada en el artículo 124 del Reglamento de Extranjería que permite a ciudadanos extranjeros que se encuentran en España en situación irregular obtener una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
Esta autorización te permite residir y trabajar legalmente en España durante un período inicial de un año, renovable posteriormente.
Requisitos detallados (2026)
1. Permanencia continuada de 3 años
Debes acreditar que llevas al menos 3 años residiendo de forma continuada en España. Las ausencias del territorio español no pueden superar los 120 días en total durante ese período.
¿Cómo se demuestra?
- Empadronamiento histórico (el más importante)
- Contratos de alquiler anteriores
- Extractos bancarios con movimientos
- Facturas a tu nombre (luz, agua, teléfono)
- Historial médico en centro de salud
2. Contrato de trabajo
Necesitas un contrato de trabajo firmado con las siguientes características:
- Duración mínima de 1 año
- Jornada mínima de 30 horas semanales (o 20h si sector agrícola)
- Salario acorde al convenio del sector
- Empresa dada de alta en Seguridad Social
⚠️ Importante:
El contrato debe estar firmado pero NO dado de alta en Seguridad Social hasta que te concedan la autorización.
3. Vínculos con España
Debes demostrar vínculos familiares con residentes españoles o comunitarios, O bien presentar un Informe de Integración Social emitido por tu Comunidad Autónoma.
Vínculos familiares válidos:
- Cónyuge español o comunitario
- Hijos españoles o comunitarios
- Padres de menor español
- Ascendientes de español
Informe de Integración:
- Conocimiento de idioma español
- Participación en cursos o talleres
- Actividades comunitarias
- Integración cultural
4. Carecer de antecedentes penales
No puedes tener antecedentes penales en España ni en tu país de origen por delitos existentes en el ordenamiento español.
Documentos necesarios
- Pasaporte completo- Copia de todas las páginas, incluidas las vacías
- Certificado de empadronamiento histórico- De los últimos 3 años
- Contrato de trabajo- Original firmado por ambas partes
- Documentación de la empresa- CIF, alta en SS, último TC1 y TC2
- Certificado de antecedentes penales- Del país de origen, apostillado
- Informe de integración social- O documentación de vínculos familiares
- Solicitud EX-10- Modelo oficial cumplimentado
- Tasa 790 código 052- Pago de aproximadamente 16€
- Tasa 790 código 062- Para la tarjeta TIE (posteriormente)
- Fotografía tipo carnet- Fondo blanco, reciente
Proceso paso a paso
Obtener el informe de integración social
Solicítalo en los servicios sociales de tu Comunidad Autónoma. El proceso puede tardar 1-2 meses.
Conseguir el contrato de trabajo
Encuentra un empleador dispuesto a contratarte. El contrato debe cumplir los requisitos mencionados.
Reunir toda la documentación
Recopila todos los documentos necesarios. Los del extranjero deben estar apostillados y traducidos.
Presentar la solicitud
Presencialmente en la Oficina de Extranjería de tu provincia, o telemáticamente en algunas CCAA.
Esperar la resolución
El plazo máximo legal es de 3 meses. En la práctica puede tardar 2-6 meses según la provincia.
Solicitar la TIE
Una vez aprobado, tienes 1 mes para solicitar cita para la huella y obtener tu tarjeta.
Otros tipos de arraigo
Arraigo Laboral
Para quienes han trabajado en España (aunque sin contrato legal) durante al menos 6 meses en los últimos 2 años. Requiere demostrar esa relación laboral.
Arraigo Familiar
Para padres de menores españoles, hijos de padre o madre originariamente españoles, o nietos de españoles de origen.
Arraigo para Formación
Para quienes van a realizar una formación reglada de al menos 12 meses. Autoriza residencia pero no trabajo.
Arraigo de 2ª Oportunidad
Para quienes han tenido previamente residencia en España y la perdieron. Nuevo desde 2022.
Errores comunes a evitar
- Presentar un contrato de menos de 30 horas semanales
- No tener el empadronamiento actualizado o con huecos
- Olvidar apostillar los documentos del extranjero
- Presentar documentos caducados (antecedentes penales tienen vigencia de 3 meses)
- Dar de alta el contrato antes de tener la resolución
Preguntas frecuentes
¿Puedo salir de España mientras espero la resolución?
No es recomendable. Si sales, podrías tener problemas para volver a entrar y se podría considerar que abandonas el procedimiento.
¿Qué pasa si me deniegan el arraigo?
Puedes presentar un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o un recurso contencioso-administrativo en 2 meses.
¿Cuánto tarda el proceso completo?
Desde la solicitud hasta tener la TIE en mano: entre 3 y 8 meses, dependiendo de la provincia y la carga de trabajo.
¿Puedo trabajar mientras espero?
No legalmente. Hasta que no tengas la resolución favorable y estés dado de alta en Seguridad Social, no puedes trabajar.
¿El arraigo me permite viajar por Europa?
Sí, una vez tengas la TIE puedes viajar por el espacio Schengen hasta 90 días cada 180 días.
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